martes, 8 de junio de 2010

PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN (PIA)

PREGUNTAS FRECUENTES:

1. Ya he recibido en mi domicilio la visita del trabajador social y del valorador, ¿qué tengo que hacer ahora?
- Tanto el valorador como el trabajador social que acude al domicilio del beneficiario, emiten el infore. Estos informes se mandan al Técnico PIA de la Gerencia CC Sur para el Programa Individual de Atención. Una vez elaborado el PIA, el Técnico contactará telefónicamente con el beneficiario o su representante/familiar para acceder a la negocición de las alternativas prepuestas o servicios.

2. La trabajadora social del equipo de valoración me preguntó sobre el servicio o prestación que yo consideraba más adecuada, ¿eso quiere decir que me van a asignar el recurso solicitado?
- En el informe social exise un apartado donde se consulta al beneficiario sobre el servicio o prestación al que desea acceder. Esto no quiere decir que que valla a ser ése el servicio que se le va a proponer. El Técnico PIA, analizará el informe de salud, de valoración y social del banaficiario y en función de ellos realizará la propuesta de las alternativas que sean consideradas más oprtunas a su situación actual.
Por tanto el ciudadano no elige la prestación directamente entre las posibilidades si no que puede elegir entre las que técnicamente sean las mejores para su situación.

DOCUMENTACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DEL PIA

El Técnico se pondrá en contaco con el usuario y/ familia para la negociación del PIA, si se llega a un acuerdo con el recurso, se comienza a dar al usuario la documentación necesaria para la resolución del PIA.

En la práctica son los equipos de valoración y los técnicos PIa los que se encargan de facilitar estas tareas para el beneficio del ciudadano dada la dispersión geográfica de nuestra zona.

Los documentos a aportar por todos los beneficiarios son:

  • Documento de aceptación del recurso. ACEPTACIÓN PIA: debe ser firamdo por su representante legal o el usuario (padre o madre en los casoso de menores de edad) o el guardador de hecho.
Documentos a aportar en los siguientes servicios:

  • Servicio de Ayuda a Domicilio:(actuaciones antes de enviar la documentación): 1. LLAMAR A LAS EMPRESAS: la Gerencia Territorial correspondiente, envía al solicitante o a su representante un listado con las empresas privadas acreditadas por la Junta de Extremadura para ofrecer al cuidadano el SAD. Se debe llamar a las empresas informando del servicio, nº de horas y subvención concedidas y pedir presupuesto. Puede ser que exísta copago: por ejemplo que la Junta de Extremadura nos conceda 450€ por 55 horas de servicio y que la empresa nos de un presupuesto de 520€, bien, la diferencia (copago), la debe aportar el solicitante mensualmente. 2. FORMALIZAR EL CONTRATO: la empresa elegida por el usuario envía al domicilio 3 contratos idénticos para que los firme el usuario. una vez firmados hay que enviarlos uno al Equipo de Valoración de Dependencia,Centro de Mayores de Alcántara,Plaza de Portugal, nº 14, 10980 Alcántara Cáceres, otro a la empresa y el tercero es una copia para el usuario. Junto a las copias de los cotratos debe enviarse:

1- A la Junta de Extremadura (Equipo de Valoración):

a. Alta de terceros a nombre de la persona dependiente y debidamente conformada por la entidad bancaria. En caso de que sea menor de edad si tiene DNI debe esta a nombre del menor y firmada por el tutor. En caso de que sea menor de edad y no tenga DNI debe estar a nombre del tutor y firmada por el tutor, en este caso se debe acredirtar con una fotocopia del libro de familia. En caso de que esté incapacitado de forma judicial, el alta de terceros debe ir a nombre del tutor legal firmado por el tutor legal y con una copia de la incapacitación.

b. Documento de aceptación del recurso. ACEPTACIÓN DEL PIA. Debe ser firmado por el solicitante o su representante legal o el guardador de hecho.

c. Contrato: origonal o copia compulsada del servicio que se esté utilizando: CIF de la empresa, precio, horas reconocidas...

d. Facturas: originales o recobos bancarios si el servicio que se presta ya se estaba dando con anterioridad y tiene retroacitvidad.

e. Certificado de Convivencia: expedido por el Ayuntamiento del municipio donde resida el dependiente en el que se ponga de manifiesto las personas convivientes del domicilio.

f. Autorizaciones: de las personas vconvivientes. Anexi I Orden 20 de Abril de 2009 DOE nº 81.


En el caso de que os integrantes de la unidad de convivencia no otorguen su consentimiento conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, deberán aportar la siguiente documentación:

-Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte.

- Certificado de empadronamiento, en el que se acredite la residencia

- Fotocopia compulsada de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF correspondiente a la última mensualidad. En el caso de no estar obligados a realizar la Declaración, deberá aportarse Certificado de Imputaciones del IRPF, expedido por la Delegación de la Agencia Tributaria.

- Documentación Acreditativa de los Derechos y Prestaciones que percibe de la Tesorería General de la Seguridad Social.


2- A la Empresa: Contrato firmado, Fotocopia DNI del dependiente y nº de cuenta.

Cuando el Servicio es Ayuda a Domicilio: El ingreso o suvbeción se retrasa varios meses, pero tiene carácter retroactivo, es decir, los pagos se realizan desde la firma del contrato. Cuándo se elija una empresa que se encuentre fuera de nuestra localidad, el auxiliar de Ayuda a Domicilio que nos prestará el servicio, podrá ser elegida por el solicitante, pero la empresa es la responsable de la contratación del auxiliar y tendrá en cuenta la formación en Dependencia o en Ayuda a Domicilio que el auxiliar tiene.

Auxiliar de Ayuda a Domicilio y Empresa: La empresa elegida por el solicitante enviará al auxiliar varias copias de contrato, junto con otras clausulas de confidencialidad u otros documentos que crea necesarios, la auxiliar debe devolverlos firmados junto con la fotocopia del DNI, el número de la Seguridad Social, el número de cuenta bancario donde la empresa hará el ingreso de su salario y la fotocopia de los títulos compulsadas. Será dada de Alta por la empresa en la Seguridad Social y deberá cumplir las horas reconocidas a los solicitantes ajustandose al horario en el que pueda ser más necesario para éstos.


  • Cuidados en el Entorno: se trata de una prestación económica al cuidador no profesional.
1. Debe enviarse al Equipo de Valoración:

a. Alta de terceros a nombre de la persona dependiente y debidamente conformada por la entidad bancaria. En caso de que sea menor de edad si tiene DNI debe esta a nombre del menor y firmada por el tutor. En caso de que sea menor de edad y no tenga DNI debe estar a nombre del tutor y firmada por el tutor, en este caso se debe acredirtar con una fotocopia del libro de familia. En caso de que esté incapacitado de forma judicial, el alta de terceros debe ir a nombre del tutor legal firmado por el tutor legal y con una copia de la incapacitación.

b. Documento de aceptación del recurso. ACEPTACIÓN DEL PIA. Debe ser firmado por el solicitante o su representante legal o el guardador de hecho.

c. Fotocopia del DNI del cuidador no profesional, en los extrangeros documento acreditativo de identidad y de residencia leal.

d. Declaración Firmada por la persona que va a asumir la condición de cuidador no profesional , en la que declara asumir todos los compromisos que exige la normaitva vigente. Anexo II de la ORden 2o de abril de 2009 DOE nº 81.

e. Autorizaciones: de las personas vconvivientes. Anexi I Orden 20 de Abril de 2009 DOE nº 81.


En el caso de que os integrantes de la unidad de convivencia no otorguen su consentimiento conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, deberán aportar la siguiente documentación:

-Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte.

- Certificado de empadronamiento, en el que se acredite la residencia

- Fotocopia compulsada de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF correspondiente a la última mensualidad. En el caso de no estar obligados a realizar la Declaración, deberá aportarse Certificado de Imputaciones del IRPF, expedido por la Delegación de la Agencia Tributaria.

- Documentación Acreditativa de los Derechos y Prestaciones que percibe de la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • Plaza Residencial: Se debe enviar al Equipo de Valoración: toda la misma documentación que para el servicio de ayuda a domicilio.

¿Puedo recibir la prestación por cuidados en el entorno o la Prestación vinculada al servicio de ayuda a domicilio para pagar a una persona que tengo contratada a nivel privado?

Prestación por cuidados en el entorno: La persona cuidadora no profesional nopodrá tener la consideración de empleada del hogar en el domicilio de la persona beneficiaria, ni la atención y cuidados podrán desarrollarse en el marco de cualquier otra relación contractual, ya sea laboral o de otro índole.

En casos muy excepcionales, cuando el PIA así lo aconseje será estudiado por la Comisión Técnica del PIA.

Servicio de Ayuda a Domicilio: podemos contratar ya de manera oficial a la paersona que con anterioridad y de manera privada teníamos contratada para cuidar al dependiente, siempre y cuándo ésta tenga al menos un curso relacionado con la ley de dependencia, con ayuda a domicilio, o experiencia posiblemente demostrable en este sector.


NOTA IMPORTANTE: Se debe comunicar a Cáceres la fecha de defunción sobre todo si están recibiendo alguna prestación económica, para poder dar de baja los pagos y que la Junta de Exremadura posteriormente no haga la solicitud del dinero que no corresponde después de la defunción y a fín de evitar mayores problemas. Sería lo más correcto que la familia enviara una copia del CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN DEL REGISTRO CIVIL.


Si una vez enviado el certificado de defunción nos siguen haciendo los ingresos económicos mensuales, llamar por teléfono a información de la Gerencia para saber si ya está dado de baja nuestro expediente. En caso de que esté dado de baja tedremos que enviar otro certificado de defunción a la Mérida a la Dirección General de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia a la Jefa la Unidad de Gestión de Recursos, Dispositivos y Servicios.


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